[España] AESA será la autoridad notificante y ENAC asumirá la acreditación de los organismos notificados en materia de drones

jueves, 29 de octubre de 2020


       La nueva normativa europea exige para las clases de drones/ UAS que requieran mayor garantía previa (C1, C2 y C3) que, antes de su comercialización, sean evaluados por organismos evaluadores de la conformidad notificados

 

       Los organismos que deseen ser notificados tendrán que demostrar su competencia técnica mediante la acreditación de ENAC, según la norma UNE-EN ISO/IEC 17065

 

Madrid, 29 octubre de 2020.- La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) será la autoridad notificante y la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) se encargará de la acreditación de los organismos notificados en materia de drones (UAS) en base a la nueva normativa UE.

La nueva normativa europea de drones/UAS obliga a que las aeronaves y los accesorios de identificación a distancia directa, deban cumplir una serie de requisitos en relación con sus características y funcionalidades específicas, de manera que se atenúen los riesgos que se deriven de su utilización y que estén relacionados con la seguridad del vuelo, la privacidad y la protección de los datos personales, la seguridad o el medio ambiente.

 

Para las clases de UAS que requieran mayor garantía previa (C1, C2 y C3), el Reglamento exige que, antes de su comercialización, sean evaluados por organismos evaluadores de la conformidad que deben haber sido notificados por la autoridad notificante. En nuestro país será AESA la autoridad que debe notificarlos. El resto de las clases (C0, C4, C5 y C6), así como los accesorios de identificación a distancia podrán optar a la evaluación previa por un organismo notificado o realizar el mismo fabricante el control interno para evaluar la conformidad. En cualquier caso, todas las clases y los accesorios estarán sujetos a la supervisión de las autoridades de vigilancia del mercado.

 

ENAC se encargará de la acreditación, por lo que los organismos que deseen ser notificados tendrán que demostrar su competencia técnica mediante la acreditación de ENAC, según la norma UNE-EN ISO/IEC 17065.

 

La Comisión Europea publicó, el año pasado, el Reglamento Delegado (UE) 2019/945, sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas y los operadores de terceros países de sistemas de aeronaves no tripuladas. Este Reglamento considera que los sistemas de aeronaves no tripulados (a los que denomina UAS y conocemos como drones) cuya utilización entrañe un menor riesgo, no tengan que someterse a los procedimientos clásicos de conformidad aeronáutica. En su lugar, para demostrar su competencia, estos drones deben someterse a procedimientos de evaluación dentro del marco normativo del marcado CE para poder ostentar la identificación de clase que corresponda en cada caso. De esta manera, este tipo de sistemas de aeronaves se someterán a unas reglas equilibradas y proporcionales que compatibilicen la seguridad con la flexibilidad necesaria para el desarrollo de un sector tan innovador como el de los drones.

 

El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas, define tres categorías para clasificar las operaciones con UAS en función del riesgo: abierta, específica y certificada. Estas categorías dependen de las condiciones de la operación pretendida, estableciéndose, entre otros, requisitos que deben cumplir las aeronaves y sus sistemas según el concepto de operación pretendido. 

 

Actualmente, ENAC se encuentra en disposición de recibir solicitudes de acreditación al respecto.

 

Sobre AESA

AESA es el organismo del Estado, adscrito a la Secretaría de Estado de Transporte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que vela para que se cumplan las normas de aviación civil en el conjunto de la actividad aeronáutica de España. 

La Agencia tiene las misiones de Supervisión, Inspección y Ordenación del Transporte Aéreo, la Navegación Aérea y la Seguridad Aeroportuaria. Evalúa los riesgos en la seguridad del transporte y tiene potestad sancionadora ante las infracciones de las normas de aviación civil.

AESA trabaja para que se cumplan las normas de seguridad en el transporte aéreo en España, para promover el desarrollo, establecimiento y aplicación de legislación aeronáutica nacional e internacional de seguridad aérea y protección a los pasajeros.

Además, implantamos la cultura de seguridad en el sector y protegemos los derechos de los usuarios y los profesionales, con el objetivo de lograr un transporte aéreo seguro, eficaz, eficiente, de calidad, respetuoso con el medio ambiente, accesible y fluido.

Nuestro objetivo es ser una institución modelo para la sociedad, aportar seguridad, calidad y sostenibilidad al sistema de aviación civil nacional e internacional, ser una referencia en seguridad y eficiencia para Europa.

www.seguridadaerea.es

 

Sobre ENAC

 

La Entidad Nacional de Acreditación – ENAC – es la entidad  designada por el Gobierno para operar en España como el único Organismo Nacional de Acreditación, en aplicación del Reglamento (CE) nº 765/2008 del Parlamento Europeo que regula el funcionamiento de la acreditación en Europa.

 

ENAC tiene como misión generar confianza en el mercado y en la sociedad evaluando, a través de un sistema conforme a normas internacionales, la competencia técnica de laboratorios de ensayo o calibración, entidades de inspección, entidades de certificación y verificadores medioambientales que desarrollen su actividad en cualquier sector: industria,  energía, medio ambiente, sanidad, alimentación, investigación, desarrollo e innovación, transportes, telecomunicaciones, turismo, servicios, construcción, etc. Contribuye, así, a la seguridad y el bienestar de las personas, la calidad de los productos y servicios, la protección del medioambiente y, con ello, al aumento de la competitividad de los productos y servicios españoles y a una disminución de los costes para la sociedad debidos a estas actividades. 

 

La marca ENAC es la manera de distinguir si un certificado o informe está acreditado o no. Es la garantía de que la organización que lo emite es técnicamente competente para llevar a cabo la tarea que realiza, y lo es tanto en España como en los 100 países en los que la marca de ENAC es reconocida y aceptada gracias a los acuerdos de reconocimiento que ENAC ha suscrito con las entidades de acreditación de esos países.

 


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